El departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón sigue ofreciendo ayudas a todos aquellos que realizaron o realicen obras relacionadas con las biomasa. A continuación detallamos las características necesarias para poderlas solicitar.
Las instalaciones o proyectos de biomasa previstos, ejecutados y pagados entre el 16 de Octubre del 2012 y el 30 de septiembre del 2013 podrán solicitar la subvención con un plazo que finaliza el 1 de Marzo del 2013 según la orden del 25 de Enero del 2013.
Tipos de instalaciones de biomasa que son subvencionables:
Utilización de la biomasa para producción de energía térmica para uso residencial e industrial: Hasta un 40% subvención.
Utilización de la biomasa para producción conjunta de energía térmica y eléctrica, o eléctrica, para uso residencial e industrial: Hasta un 10% subvención.
Actividades industriales de producción, a partir de biomasa, de pellets, astillas o briquetas destinados para la generación de energía eléctrica o térmica: Hasta un 40% subvención.
Plazos:
Plazo para presentar esta subvención: Finaliza el 28 de Febrero del 2013 inclusive.
Plazo para ejecutar el proyecto: Antes del 30 de Septiembre 2013 no inclusive.
Documentación requerida: La solicitud de la subvención requiere de una documentación específica y técnica.
Es recomendable cumplimentarla en colaboración con el instalador o la empresa consultora o gestora de confianza. Recomendamos que cumplimente un escrito de aceptación para que pueda gestionarlo directamente la empresa encargada de la ejecución del proyecto. Por supuesto, pueden contar con nosotros para ayudarles en lo que sea necesario.
Proceso de gestión de la subvención: Antes de presentar la documentación por primera vez, es necesario repasar todos los requisitos, generar las copias correspondientes y enviarlos por procedimiento administrativo a la Dirección General de Energía y Minas, Pº Maria Agustín 36 (Zaragoza). En su defecto pueden gestionarlo a través del registro de entrada de la DGA o en cualquier delegación dentro del territorio competente.
Recuerden que por este procedimiento se requiere de una copia adicional que deben quedarse como resguardo. Una vez gestionada la entrega, en un plazo de duración indeterminada, recibirán contestación por parte del organismo oficial. O bien necesitarán corregir algún aspecto o bien recibirán la confirmación de que su solicitud ha sido aprobada.
En ambas situaciones se les exigirá entregar documentación de nuevo y responder en un plazo breve de tiempo.
Si pese a haber corregido los defectos, no reciben contestación, se considera que la tramitación no ha sido adecuada y queda anulada.
Pueden intentar hablar posteriormente con el departamento pero es inútil ya que son procedimientos cerrados.
Para descargar la orden pulsen directamente en este enlace. |